Kit de registro retributivo · ET art. 28.2 · RD 902/2020

Tu registro retributivo, listo en diez minutos.

Sube el Excel que ya te da tu programa de nóminas y elige tu convenio. Obtienes el registro con medias y medianas por sexo, grupo y concepto, listo para entregar a la representación de la plantilla o enseñar a la Inspección. La vista previa es gratis: pagas solo si lo descargas.

Vista previa gratisTus datos no salen del navegadorPDF, Word y Excel
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Tu empresa

Saldrá en la portada del registro. Puedes completarlo después.

¿Hay comité de empresa o delegados de personal?
2

Sube tu nómina tal cual

No hace falta prepararla: reconozco las columnas yo. Puedes subir varios archivos a la vez (por ejemplo, los doce meses).

Arrastra aquí tu Excel, CSV o Modelo 190

La mejor opción

Acumulados anuales por trabajador

El listado de tu programa de nóminas exportado a Excel. Guías para a3nom, Sage y Nominasol.

Para una primera vista

Modelo 190

El fichero .txt que presenta tu asesoría en enero. Trae el total anual, sin conceptos separados.

Si no tienes nada

Nuestra plantilla

Una fila por persona y una columna por concepto. Descargar la plantilla Excel

Si viene la Inspección

Lo que te van a pedir, y lo que te damos para enseñarlo.

  • Registro de toda la plantillaIncluido el personal directivo y quien entró o salió durante el año.
  • Medias y medianas por sexoDe cada concepto: salario base, cada plus y cada percepción extrasalarial.
  • Por grupo profesionalCon los grupos de tu convenio colectivo, no una tabla única.
  • Del año naturalDel 1 de enero al 31 de diciembre, actualizado si cambia algo importante.
  • Consulta a la representaciónDiez días antes de elaborarlo, si hay comité o delegados. Escrito incluido.
  • Justificación del 25 %Con 50 o más personas, el motivo de cada diferencia grande entre sexos.
  • Trabajos de igual valorCon 50 o más personas, las medias por agrupaciones de tu valoración de puestos. La valoración en sí se hace en el plan de igualdad.

FUENTEET art. 28 · actualizado el 14/10/2026 FUENTERD 902/2020 arts. 5 y 6 · actualizado el 14/10/2026

Precio

Un pago al año, según el tamaño de tu plantilla.

De 1 a 49 personas149 €Sin IVA. Registro, comunicaciones y Excel.
De 50 a 249 personas249 €Añade la justificación de las diferencias del 25 % y la tabla de trabajos de igual valor con tu valoración de puestos.
250 personas o más390 €Todos los grupos y conceptos, sin límite de filas.

El tramo se elige solo según las personas de tu archivo. La vista previa es gratis y no pide registro.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el registro retributivo.

¿Qué empresas tienen que tener registro retributivo?

Todas, desde la primera persona contratada, sin excepción por tamaño (art. 28.2 del Estatuto de los Trabajadores). Debe incluir a toda la plantilla, también al personal directivo y a quien entró o salió durante el año.

¿Cada cuánto hay que hacerlo?

Una vez al año, con los datos del año natural (1 de enero a 31 de diciembre), y otra vez si cambia algo importante: una subida general, un convenio nuevo o una reorganización. Lo habitual es hacerlo en enero, al cerrar el año.

¿Sirve el Modelo 190 para hacerlo?

Para una primera vista, sí. Pero el 190 solo trae el total anual de cada persona, y el registro tiene que separar cada concepto. Para el documento final, sube el listado de acumulados anuales de tu programa de nóminas.

¿Tengo que entregárselo a alguien?

Si hay comité o delegados de personal, hay que consultarles al menos diez días antes de elaborarlo y entregarles el contenido completo. Si no hay representación, cualquier persona de la plantilla puede pedirlo y se le dan solo las diferencias en porcentaje. El kit incluye los escritos de las dos situaciones.

¿Mis datos de nómina se envían a algún sitio?

No. El archivo se lee y se calcula en tu navegador; ningún servidor lo recibe ni lo guarda. Solo al ir a pagar se guarda en esta pestaña, sin DNI y sin las columnas que no se usan, para no perder tu trabajo; se borra al volver.

¿Qué pasa si hay una diferencia del 25 %?

Si la empresa tiene 50 o más personas, el registro tiene que explicar por qué existe (art. 28.3 del Estatuto). La herramienta detecta esos grupos y te ofrece motivos habituales para que marques los que sean ciertos o escribas el tuyo.