Obligatorio desde 50 personas
Plan de igualdad: si te obliga y cómo empezar.
Calcula tu plantilla como la cuenta la ley, mira qué te obliga y ten tus pasos y plazos con fechas. Descarga gratis la guía y los documentos para constituir la comisión negociadora, el primer paso del plan.
Tu empresa
Aparece en el plan, en las actas y en las convocatorias.
En el País Vasco y Galicia hay que convocar también a sus sindicatos más representativos.
Gratis · ¿Estoy obligada?
Todos los centros y contratos: indefinidos, fijos discontinuos, temporales, a tiempo parcial y de ETT.
Suma de días. Cada 100 días, o fracción, cuenta como una persona más.
Se rellena sola con la calculadora de arriba.
Te diremos si llegas con el calendario de reuniones.
Comisión negociadora
El plan se negocia en una comisión paritaria: la empresa y la representación de la plantilla, en proporción a la representatividad de cada parte social; sin representación legal, con un máximo de seis personas por parte.
Mira quién firma tu convenio colectivo del sector: son los que tienen legitimación.
Las personas asesoras tienen voz pero no voto.
Calendario y seguimiento
Fechas orientativas desde el día en que empiezas. Las reales las pones en cada acta.
Tus documentos gratis
Lo amarillo se rellena con datos reales: fechas, nombres y firmas. Nunca firmes el acta de una reunión que no se ha celebrado.
Para quien lo necesita ya
De la convocatoria al registro, sin tochos.
- Si tienes buena relación con el comité: tres reuniones y el registro en REGCON en los 15 días siguientes. El asistente calcula si llegas a la fecha de tu licitación.
- Si no tienes representación: te da la convocatoria a los sindicatos con el plazo de 10 días y el acta de constitución.
- Cómputo de plantilla como lo pide la ley: todos los centros y contratos, y los temporales de los últimos seis meses.
- Acta de constitución y reglamento con huecos para las fechas reales: nada de actas de reuniones que no han ocurrido.
Preguntas frecuentes
¿Qué empresas están obligadas?
Las de 50 o más personas en plantilla, contando todos los centros y todos los contratos, y las que lo exija su convenio o la autoridad laboral. Desde que se llega a 50 hay 3 meses para constituir la comisión y un año más para aprobar y registrar el plan.
¿Se puede hacer sin comité de empresa?
Sí. Se convoca a los sindicatos más representativos y a los del sector, que tienen 10 días para responder. No vale una comisión elegida por la plantilla.
¿Cuánto se tarda?
Los documentos, un día. La negociación, con buena relación, tres reuniones en tres o cuatro semanas; después, 15 días para registrarlo.
¿Hace falta para licitar?
Las empresas de 50 o más personas sin plan de igualdad pueden quedar sujetas a prohibición de contratar con el sector público (artículo 71.1.d de la Ley de Contratos del Sector Público). Más detalle en el manual de licitaciones.
¿Dónde quedan mis datos?
En tu navegador: los documentos se generan en tu equipo. Solo guardamos el correo que nos dejas para la descarga.
Información orientativa revisada a 14 de octubre de 2026. La negociación, la firma y el registro los hacen la empresa y la representación de la plantilla.