Manual 2 · Pasos y plazos

Del primer paso al registro en REGCON.

Con buena relación con la representación de la plantilla, el plan se negocia en tres reuniones y se registra en los 15 días siguientes a la firma. Estos son los pasos y los plazos de la ley.

  1. Comisión negociadoraCon el comité o los delegados. Sin representación, con los sindicatos que respondan en 10 días.3 meses desde los 50
  2. DiagnósticoDatos de plantilla por sexo en las 9 materias de la ley.reunión 1–2
  3. Auditoría retributivaBrecha por grupos y valoración de puestos de igual valor.con el diagnóstico
  4. MedidasObjetivos, plazos, responsables e indicadores.reunión 2–3
  5. FirmaActa con la fecha real y el plan firmado por las dos partes.antes de 1 año
  6. Registro en REGCONSolicitud electrónica con el plan y las actas.15 días desde la firma

Los plazos, en una tabla.

QuéPlazoNorma
Constituir la comisión negociadora3 meses desde que se llega a 50 personasRD 901/2020, art. 4
Respuesta de los sindicatos si no hay representación10 días desde la convocatoriaRD 901/2020, art. 5
Negociar, aprobar y pedir el registro1 año desde que acaban los 3 mesesRD 901/2020, art. 4
Solicitar la inscripción en REGCON15 días desde la firmaRD 713/2010 y RD 901/2020, art. 11
Vigencia del plan y de la auditoríaLa que pacten, como máximo 4 añosRD 901/2020, art. 9
EvaluaciónIntermedia y final, como mínimoRD 901/2020, art. 9
Registro retributivoCada año, con los datos del año naturalRD 902/2020, art. 5

El plan se registra siempre, haya o no acuerdo. Si las partes no llegan a un acuerdo, el acta lo recoge.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer un plan de igualdad en un día?

La documentación, sí: diagnóstico, auditoría, medidas y actas. La negociación lleva al menos dos o tres reuniones, y el registro se pide en los 15 días siguientes a la firma.

¿Qué pasa si no hay acuerdo con la representación?

El plan se registra igualmente y el acta recoge las posiciones de cada parte.

¿Cuánto dura un plan de igualdad?

Lo que pacten las partes, con un máximo de cuatro años. Se revisa antes si cambia la plantilla de forma importante o lo pide la Inspección.

Información orientativa revisada a 13 de octubre de 2026. Fuente: normas consolidadas del BOE.