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Manual gráfico · Canal de denuncias

Canal de denuncias: lo que te pide la ley, en una página.

Desde 50 personas trabajadoras, la empresa debe tener un sistema interno de información: un canal confidencial para comunicar infracciones, con una persona responsable comunicada a la autoridad.

01 · ¿Te obliga?

Según el tamaño de tu plantilla.

De 1 a 49Según sector
De 50 a 249Sí
250 o másSí

Empresas con 50 o más personas trabajadoras y, sea cual sea su tamaño, las de los sectores del art. 10.1.b de la Ley 2/2023: servicios financieros, prevención del blanqueo (también asesorías y gestorías), seguridad del transporte y medio ambiente. Las de 50 a 249 pueden compartir medios o encargar la recepción a un tercero.

02 · ¿Qué es multa?

Infracción muy grave.

Leve
Hasta 100.000 €
Grave
100.001 – 600.000 €
Muy grave
600.001 – 1.000.000 €

Ley 2/2023, arts. 63 y 65 · multas a personas jurídicas. A las personas físicas responsables, hasta 300.000 €.

No tener el sistema interno de información, si es intencionado, es infracción muy grave. Tomar represalias contra quien informa, o romper la confidencialidad de su identidad, también. Son las multas más altas de todo el cumplimiento laboral.

03 · Lo que tienes que tener

5 cosas, y ninguna más.

Política del sistema

Aprobada por el órgano de administración, publicada y consultada antes con la representación.

Persona responsable

Un directivo, designado por el órgano de administración y comunicado a la autoridad en diez días hábiles.

Vías para comunicar

Por escrito o de palabra, también anónimas, y reunión presencial en siete días si se pide.

Procedimiento

Acuse en siete días naturales, respuesta en tres meses desde la recepción y derechos de la persona afectada.

Libro-registro

De todas las comunicaciones, reservado y conservado como máximo diez años.

Es multa, no es multa

Lo que preocupa y lo que no.

Te pueden sancionar si…

  • No tener canal teniendo 50 o más personas
  • Tomar represalias contra quien informa
  • Revelar la identidad de quien informa
  • No comunicar la persona responsable a la autoridad
  • Impedir o dificultar las comunicaciones

No es infracción…

  • Usar un correo electrónico exclusivo como canal
  • Encargar la recepción a un tercero externo
  • Inadmitir comunicaciones sin fundamento, explicando el motivo
  • Que la persona responsable sea un directivo de la propia plantilla

04 · Si viene la Inspección

Lo que te van a pedir.

  • La política aprobada y publicada en la web
  • La designación de la persona responsable y el justificante de su comunicación
  • El libro-registro
  • La consulta a la representación
  • Cómo se garantizan la confidencialidad y el anonimato

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